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21/11/12

Fernando VII.1823. "marchando francamente...a la re-restauración absolutista"



 
Manif1esto de S. M. declarando que por haber carecido de entera libertad desde el dia. 7 -de Marzo de 1820, hasta el 1.° de Octubre de 1823, son nulos y de ningun valor todos los actos del gobierno llamado constitucional: y en cuanto á lo decretado y ordenado por la Junta provisional y la Regencia, aquella creada en Oyarzun, y esta en Madrid, lo aprueba S. M., entendiéndose interinamente. 

[En Iº ] Bien públicos y notorios fueron á todos mis vasallos los escandalosos sucesos que precedieron, acompañaron y siguieron al establecimiento de la democrática constitucion de Cádiz en el mes de Marzo de 1820: lamas criminal traicion, la mas vergonzosa cobardía, el desacato mas horrendo á mi Real Persona, y la violencia mas inevitable, fueron los elementos empleados para variar esencialmente el Gobierno paternal de mis reinos en un codigo democrático, origen fecundo de desastres y de desgracias. Mis vasallos, acostumbrados á vivir bajo leyes sabias, moderadas y adaptadas á sus usos y costumbres , y que por tantos siglos habian hecho felices á sus antepasados, dieron bien pronto pruebas públicas y universales del desprecio , desafecto y desaprobacion del nuevo régimen constitucional. Todas las clases del Estado sé resintieron á la par de unas instituciones, en que preveían señalada su miseria y desventura. " .  

Gobernados tiránicamente, en virtud y á nombre de la constitucion, y espiados traidoramente hasta en sus mismos aposentos, ni les era posible reclamar el orden¡ ni la justicia, ni podían tampoco conformarse con leyes establecidas por la cobardía y la traicion, sostenidas por la violencia , y productoras del desorden mas espantoso, de la anarquia mas desoladora y de la indigencia universal.

El voto general clamo por todas partes contra la tiránica constitucion; clamo por la cesasion de un código nulo en su origen, ilegal en su formacion, injusto en su contenido; clamó finalmente por el sostenimiento de la Santa Religion de sus mayores, por la restitucion de sus leyes fundamentales, y por la conservacion de mis legítimos derechos, que heredé de mis antepasados, que con la prevenida solemnidad habian jurado mis vasallos.

No fue esteril el grito general de la Nacion: por todas las Provincias se formaban cuerpos armados que lidiaron contra los soldados de la constitucion : vencedores unas veces y vencidos otras, siempre permanecieron constantes en la causa de la Religion y de la Monarquía: el entusiasmo en defensa de tan sagrados objetos nunca decayó en los reveses de la guerra; y prefiriendo mis vasallos la muerte á la pérdida de tan importantes bienes, hicieron presente á la Europa con su fidelidad y su constancia que si la España habia dado el ser y abrigado en su seno á algunos desnaturalizados, hijos de la rebelion universal, la nacion entera era religiosa, monárquica y amante de su legítimo Soberano."

La Europa entera, conociendo profundamente mi cautiverio y el de toda mi Real Familia, la mísera situacion de mis vasallos fieles y leales, y las máximas perniciosas que profusamente esparcían á toda costa los agentes españoles por todas partes, determinaron poner fin á un estado de cosas, que era el escándalo universal, que caminaba á trastornar todos los Tronos y todas la instituciones antiguas, cambiándolas en la irreligion y en la inmoralidad.

Encargada la Francia de tan santa empresa, en pocos meses ha triunfado de los esfuerzos de todos los rebeldes del mundo, reunidos por desgracia de la España, en el suelo clásico de la fidelidad y lealtad. Mi augusto y amado Primo el Duque de Angulema al frente de un Ejército valiente, vencedor en todos mis dominios, me ha sacado de la esclavitud en que gemia, restituyéndome á mis amados vasallos, fíeles y constantes.

Sentado ya otra vez en el Trono de S. Fernando por la mano sabia y justa del Omnipotente , por. las generosas resoluciones de mis poderosos Aliados, y por los denodados esfuerzos de mi amado Primo el Duque de Angulema y su valiente Ejército; deseando proveer de remedio á las mis urgentes necesidades de mis pueblos, y manifestar á todo el mundo mi verdadera voluntad en el primer momento que he recobrado mi libertad; he venido en decretar lo siguiente:

1. ° Son nulos y de ningun valor todos los actos del gobierno llamado constitucional (de cualquiera clase y condicion que sean) que ha dominado á mis pueblos desde el dia 7 de Marzo de 1820 hasta hoy dia 1.° de Octubre de 1823 , declarando, como declaro, que en toda esta época he carecido de libertad, obligado á sancionar las leyes y á expedir las órdenes, decretos y reglamentos que contra mi voluntad se meditaban y expedían por el mismo gobierno.

2. " Apruebo todo cuanto se ha decretado y ordenado por la Junta provisional de Gobierno , y por la Regencia del Reino, creadas, aquella en Oyarzun el dia 9 de Abril, y esta en Madrid el dia 26 de Mayo del presente año, entendiéndose interinamente hasta tanto que instruido competentemente de las necesidades de mis pueblos , pueda dar las leyes y dictar las providencias mas oportunas para causar su verdadera prosperidad y felicidad , objeto constante de todos mis deseos. Tendreislo entendido, y lo comunicareis á todos los Ministerios. — Rubricado de la Real mano. = Puerto de Santa María 1«4 de Octubre de 1823. == A D. Víctor Saez.

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